MI ÚLTIMA VISITA AL SEGURO SOCIAL
A finales del mes de agosto
de 2011, dos meses después de haber adquirido el derecho a la pensión de vejez,
acudí a solicitar dicho beneficio a la Oficina del Seguro Social, ubicada en el
Parque Central. En aquel momento pensé que comenzar a disfrutar mi derecho a la
pensión, sería cuestión de días ya que
me había esmerado en recolectar y presentar cada uno de los requisitos que
tanto de edad y cotizaciones realizadas, exige la ley de la materia.
El optimismo que me
embargaba por comenzar a disfrutar mi pensión de vejez, luego de más de 30 años
de servicio al Estado Venezolano, se fue disipando a los pocos minutos de estar
en el mencionado instituto oficial al observar tanta desidia e irrespeto a la
tercera edad, producto tanto de la notable desorganización del servicio como
del maltrato por parte de los funcionarios encargados de la atención al
público.
Ese día, luego de esperar y
hacer cola por más de cuatro horas, al presentar la solicitud de pensión con
todos y cada uno de los recaudos exigidos por la ley, recibí como respuesta que
no era procedente mi solicitud, ya que no estaban reflejadas en la planilla
“Cuenta Individual” las cotizaciones
requeridas para su trámite. Ante esa inesperada respuesta del funcionario
receptor, le manifesté que independientemente de ello, yo contaba con todas las
constancias originales de aportes al
seguro social de todos los organismos donde había prestado servicio (formas
14-100, 14-01, 14-02, etc.) y que en
todo caso si esa información no fue reportada en su momento por esos organismos
al seguro social, ello no podía ser
atribuible a mí, ya que en todo caso se trataba de una falla institucional que
no debía afectar los derechos de los ciudadanos, a lo que el funcionario
receptor, aun admitiendo que yo tenía
razón, me informo que por instrucciones superiores él no podía admitir la
solicitud de pensión, y de paso me sugirió que acudiera a la Oficina de Recursos
Humanos del organismo respecto del cual no me aparecían las cotizaciones
necesarias, de manera de que fuera ése quien remitiera la información al seguro
social, y una vez esa información apareciera en la base de datos, es que el
seguro social podría recibir mi solicitud de pensión de vejez.
Pues bien, de esa gestión
que ya lleva un año y 4 meses de visitas semanales tanto al Ministerio del
Poder Popular de Relaciones Interiores y Justicia, como al Seguro Social, sólo pude
lograr que el pasado mes de agosto de 2012, el citado Ministerio finalmente
remitiera a la Dirección de Afiliaciones del Seguro Social, toda la información
faltante para que el mencionado instituto emitiera el Acta de Débito
correspondiente, encontrándome con la sorpresa que según me informaran esta
semana en visita efectuada a la Dirección de Afiliación del Seguro Social “el
módulo de débito no había sido instalado y no hay fecha fija para ello,
probablemente a partir de enero de 2013”.
De lo antes narrado, se
puede inducir que realmente no hay una fecha cierta a partir de la cual pueda
comenzar a disfrutar mi derecho humano a la pensión de vejez, pese a haber
cumplido con todos y cada uno de los requisitos legales para ello y sin que
bajo ninguna circunstancia los errores o irregularidades de la Administración
puedan ser atribuidos a mi persona, circunstancia que debe llamar la atención
de los funcionarios encargados de la
prestación de estos importantes servicios atinentes a la seguridad social de los
venezolanos, cuyos fundamentos representan garantías y derechos
constitucionales que el Estado está en la obligación de materializar de modo
efectivo y sobre todo oportuno.
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